Cuenta de pago básica
Una cuenta básica para situaciones especiales
Permite realizar las operaciones más comunes: ingresos, transferencias y retirar efectivo.
Cuenta de pago básica
Una cuenta básica para situaciones especiales
Permite realizar las operaciones más comunes: ingresos, transferencias y retirar efectivo.
La Cuenta de Pago Básica es una cuenta corriente denominada en euros, con total liquidez, en la que no es necesario contratar otros productos o servicios adicionales y que le permite realizar las operaciones más comunes: ingresos, transferencias y retiradas de efectivo.
Requisitos
Para abrir una Cuenta de Pago Básica es necesario que el titular no tenga ninguna otra cuenta en ninguna otra entidad de España y que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
La Cuenta de Pago Básica no podrá utilizarse para finalidades profesionales distintas de las que corresponden a un consumidor.
Características principales
Procedimiento de apertura de la Cuenta de Pago Básica
El interesado deberá de cumplimentar una declaración responsable de que cumple con los requisitos exigidos por la normativa aplicable acreditando su derecho a la Cuenta de Pago Básica.
Si el interesado no es residente en España deberá firmar la declaración de residencia fiscal.
EBN Banco le exigirá aportar la información requerida en cumplimiento de la normativa de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, en particular la información relativa a la actividad económica realizada por el interesado.
El Banco facilitará al interesado la información precontractual, declaración responsable del interesado para acreditar que cumple con los requisitos de acceso a la Cuenta de Pago Básica, el documento informativo de comisiones y el borrador de contrato que deberá suscribirse para formalizar la apertura de la cuenta.
Régimen gratuito para personas en situación de vulnerabilidad
El titular no tendrá que pagar la comisión de mantenimiento correspondiente a la Cuenta de Pago Básica si acredita que se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera.
¿Quiénes se encuentran en situación de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera?
Aquellos clientes cuyos ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superen los siguientes umbrales:
Además, ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá ser titular, directa o indirectamente, de ningún derecho real sobre bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual, ni ostentar titularidad real de sociedades mercantiles.
¿Cómo puedo solicitar la gratuidad?
El Cliente podrá solicitar la situación de especial vulnerabilidad rellenando el formulario que se le entregará junto con el resto de documentación de la cuenta de pago básica y aportando la documentación indicada en dicho documento.
¿Qué documentación tengo que presentar?
El titular, o titulares y autorizados, deberán aportar al Banco la siguiente información de todas las personas que conformen la unidad familiar:
Si el titular no dispone de esta documentación, deberá aportar un informe emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento en que esté empadronado, en el que se indique la composición de la unidad familiar o en el que se motive la idoneidad para el acceso al régimen gratuito de la cuenta de pago básica.
Si el Cliente obtiene el reconocimiento al derecho a una cuenta de pago básica gratuita, los efectos de dicho reconocimiento se producirán a partir de la fecha de solicitud.
Procedimiento de resolución de controversias
En caso de discrepancia o controversia resultante de la ejecución, desarrollo o interpretación del contrato de cuenta de pago básica, el titular podrá realizar reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente, de conformidad con procedimiento disponible en el apartado “Reclamaciones y servicio de Atención al Cliente” de la página web: https://www.ebnbanco.com/atencion-al-cliente/
En caso de disconformidad con la resolución o si, transcurridos los plazos establecidos por la normativa aplicable, no obtuviera una resolución, el titular podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente o el Defensor del Cliente.
Para más información, le ponemos a su disposición la Información Precontractual de la Cuenta de Pago Básica